{"id":36098,"date":"2017-02-07T12:34:34","date_gmt":"2017-02-07T12:34:34","guid":{"rendered":"http:\/\/plazajuarez.mx\/index\/index.php\/2017\/02\/07\/la-constitucion-sometida\/"},"modified":"2017-02-07T12:34:34","modified_gmt":"2017-02-07T12:34:34","slug":"la-constitucion-sometida","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/plazajuarez.mx\/historico\/la-constitucion-sometida\/","title":{"rendered":"La Constituci\u00f3n sometida"},"content":{"rendered":"<p>La Constituci\u00f3n mexicana de hoy se parece poco al texto promulgado en 1917. Se trata de un texto mucho m\u00e1s complejo que ha sufrido casi 700 reformas en sus 100 a\u00f1os de vida<\/p>\n<p>  <!--more-->  <\/p>\n<p>Venimos de celebrar 100 a\u00f1os de nuestra Constituci\u00f3n. Se trata, en teor\u00eda, del documento que refleja el acuerdo com\u00fan entre los y las mexicanas, el pacto que nos une como sociedad, donde se plasman los valores compartidos, el proyecto pol\u00edtico com\u00fan, y la organizaci\u00f3n pol\u00edtica y social que aceptamos para regir nuestra vida en sociedad. Nuestra Constituci\u00f3n establece los l\u00edmites de cada poder, frente a otros poderes y tambi\u00e9n frente a la ciudadan\u00eda. Establece, pues, las condiciones de seguridad jur\u00eddica. <br \/>La Constituci\u00f3n mexicana de hoy se parece poco al texto promulgado en 1917. Se trata de un texto mucho m\u00e1s complejo que ha sufrido casi 700 reformas en sus 100 a\u00f1os de vida. Una parte importante de los cambios han sido para incorporar las exigencias de una sociedad cada vez m\u00e1s plural, pero tambi\u00e9n han sido muchos los que se han dado como respuesta a la negociaci\u00f3n pol\u00edtica. En esos casos la Constituci\u00f3n, y con ella a todo nuestro derecho, ha sido sometida a la pol\u00edtica. Relato aqu\u00ed dos ejemplos recientes.<br \/>El pasado 18 de enero el senador Manuel C\u00e1rdenas Fonseca present\u00f3 una iniciativa para reformar varios art\u00edculos de la Constituci\u00f3n a fin de dar cabida a la expedici\u00f3n de la Ley de Seguridad Interior. Desde hace algunos meses, diversas voces hemos se\u00f1alado que la expedici\u00f3n de una Ley de Seguridad Interior ser\u00eda inconstitucional, no s\u00f3lo porque el Congreso no est\u00e1 facultado para regular esa materia sino porque el texto constitucional expl\u00edcitamente proh\u00edbe a militares realizar tareas de seguridad p\u00fablica. (La Ley pretende facultar al Ej\u00e9rcito para realizar tareas que van desde la investigaci\u00f3n hasta la prevenci\u00f3n de delitos del orden com\u00fan.) Pues bien, ante este se\u00f1alamiento, la respuesta no fue una reflexi\u00f3n sobre las razones por las que la Constituci\u00f3n establece una prohibici\u00f3n al uso del ej\u00e9rcito para realizar estas tareas, sino simplemente borrar el impedimento expreso del texto Constitucional. El mensaje impl\u00edcito es que si la Constituci\u00f3n presenta un obst\u00e1culo a las necesidades de la coyuntura pol\u00edtica, es tan f\u00e1cil como cambiarla. La norma fundamental no es as\u00ed un marco legal que establece los l\u00edmites de lo permisible, a la que se sujeta la pol\u00edtica, sino una ley m\u00e1s que se puede cambiar si lo que establece no conviene.<br \/>Una historia similar sucedi\u00f3 en 2008 con el arraigo. En 2005 la Suprema Corte declar\u00f3 inconstitucional esta figura por violar casi una decena de derechos fundamentales. (El arraigo permite la detenci\u00f3n de una persona sospechosa de delincuencia organizada sin ser acusado de alg\u00fan delito, lo que adem\u00e1s implica que ning\u00fan juez supervisa las condiciones de la detenci\u00f3n). Para remover el impedimento constitucional, en 2008 el entonces presidente Felipe Calder\u00f3n propuso incluir la figura del arraigo directamente en el texto constitucional. Problema de inconstitucionalidad resuelto. <br \/>La inclusi\u00f3n del arraigo en el texto constitucional no tuvo ning\u00fan cambio en el n\u00famero de sentencias emitidas por delincuencia organizada. Los datos del CIDE, sin embargo, muestran que la probabilidad de tortura es mucho mayor durante el arraigo. Los riesgos de legalizar la participaci\u00f3n del Ej\u00e9rcito en tareas de seguridad p\u00fablica por v\u00eda de la figura de la \u201cseguridad interior\u201d, tambi\u00e9n se han se\u00f1alado y documentado. De aprobarse estaremos en pocos a\u00f1os tambi\u00e9n contando sus costos.<br \/>La inclusi\u00f3n del arraigo a nivel constitucional, y ahora del uso del Ej\u00e9rcito para tareas de seguridad p\u00fablica, son ejemplos de reformas impulsados por la clase pol\u00edtica para avanzar sus intereses de coyuntura. La definici\u00f3n de Estado de derecho es la subordinaci\u00f3n del actuar pol\u00edtico a las normas jur\u00eddicas. Mientras sigamos anteponiendo la coyuntura pol\u00edtica a la Constituci\u00f3n, hablar de Estado de derecho ser\u00e1 ret\u00f3rica vac\u00eda. <br \/>@cataperezcorrea<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La Constituci\u00f3n mexicana de hoy se parece poco al texto promulgado en 1917. 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