{"id":32747,"date":"2016-12-02T14:38:50","date_gmt":"2016-12-02T14:38:50","guid":{"rendered":"http:\/\/plazajuarez.mx\/index\/index.php\/2016\/12\/02\/conceden-amparo-a-indigena-por-matar-a-su-hijo\/"},"modified":"2016-12-02T14:38:50","modified_gmt":"2016-12-02T14:38:50","slug":"conceden-amparo-a-indigena-por-matar-a-su-hijo","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/plazajuarez.mx\/historico\/conceden-amparo-a-indigena-por-matar-a-su-hijo\/","title":{"rendered":"CONCEDEN AMPARO A IND\u00cdGENA POR MATAR A SU HIJO"},"content":{"rendered":"<p>TEOQUIPA EL BASC\u00c1N, CHIAPAS <\/p>\n<p>  <!--more-->  <\/p>\n<p>Los magistrados dijeron que las pruebas no fueron suficientes para que tuviera la intenci\u00f3n de privar de matar a su hijo<br \/>Un Tribunal federal concedi\u00f3 el amparo a una mujer ind\u00edgena de la etnia chol acusada de matar a su hijo reci\u00e9n nacido y orden\u00f3 su inmediata libertad debido a que no se le juzg\u00f3 con perspectiva de g\u00e9nero.<br \/>El Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa con sede en M\u00e9rida, Yucat\u00e1n, concedi\u00f3 el amparo a una mujer originaria de Teoquipa El Basc\u00e1n, Chiapas contra la condena de diez a\u00f1os de prisi\u00f3n por el homicidio de su hijo reci\u00e9n nacido.<br \/>La sentencia impugnada fue emitida por la Sala Colegiada Penal del Tribunal Superior de Justicia del estado de Yucat\u00e1n y por unanimidad, los magistrados federales consideraron que dicha resoluci\u00f3n no aplic\u00f3 la perspectiva de g\u00e9nero ni consider\u00f3 las barreras culturales evidentes.<br \/>La Sala consider\u00f3 que la mujer fue responsable de privar de la vida a su hijo inmediatamente despu\u00e9s de que naci\u00f3 porque lo abandon\u00f3 dentro de un inodoro del ba\u00f1o de la casa en la que trabajaba haciendo la limpieza, lo que propici\u00f3 que el menor falleciera asfixiado por sumersi\u00f3n.<br \/>En el amparo, los magistrados concluyeron que las pruebas no fueron suficientes para determinar plenamente que ella tuviera la intenci\u00f3n de privar de la vida a su hijo, sino que el fallecimiento ocurri\u00f3 como consecuencia de las condiciones en las que ocurri\u00f3 el parto.<br \/>\u201cEl desenlace fatal no fue por voluntad de la quejosa sino por las condiciones y momentos particularmente complicados que sucedieron en torno al evento, tales como el malestar que s\u00fabitamente la invadi\u00f3 debido al parto que atendi\u00f3 sola y sin ninguna asistencia m\u00e9dica, lo que sin duda revel\u00f3 falta de claridad mental en ella para tomar decisiones y, por ende, ausencia de dolo en su conducta\u201d.<br \/>\u201cAunado a lo anterior debi\u00f3 considerarse las circunstancias y barreras socio culturales y econ\u00f3micas que igualmente giraron en torno al hecho, como pericialmente se demostr\u00f3, tales como sus rasgos de identidad y pertenencia con su comunidad de origen cuyo \u00edndice de marginaci\u00f3n es muy alto, y m\u00ednima educaci\u00f3n sexual y reproductiva, lo que a su vez denotaba falta de informaci\u00f3n de la solicitante de amparo respecto a embarazos derivados de una relaci\u00f3n eventual\u201d, indic\u00f3 el Tribunal Colegiado.<br \/>Por lo que al no ser consideradas dichas circunstancias por la Sala que juzg\u00f3 a la mujer, se le otorg\u00f3 el amparo y se orden\u00f3 que fuera puesta en libertad de manera inmediata.<br \/>Finalmente la mujer dio a conocer que su intenci\u00f3n nunca fue privar de la vida a su peque\u00f1o reci\u00e9n nacido, s\u00f3lo que las circunstancias le impidieron dar a luz en mejor lugar a su hijo.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>TEOQUIPA EL BASC\u00c1N, CHIAPAS<\/p>\n","protected":false},"author":93,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[37],"tags":[],"class_list":["post-32747","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-barandilla"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/plazajuarez.mx\/historico\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/32747","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/plazajuarez.mx\/historico\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/plazajuarez.mx\/historico\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/plazajuarez.mx\/historico\/wp-json\/wp\/v2\/users\/93"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/plazajuarez.mx\/historico\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=32747"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/plazajuarez.mx\/historico\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/32747\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/plazajuarez.mx\/historico\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=32747"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/plazajuarez.mx\/historico\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=32747"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/plazajuarez.mx\/historico\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=32747"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}