{"id":32186,"date":"2016-11-22T15:21:22","date_gmt":"2016-11-22T15:21:22","guid":{"rendered":"http:\/\/plazajuarez.mx\/index\/index.php\/2016\/11\/22\/y-nuestra-memoria-historica\/"},"modified":"2016-11-22T15:21:22","modified_gmt":"2016-11-22T15:21:22","slug":"y-nuestra-memoria-historica","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/plazajuarez.mx\/historico\/y-nuestra-memoria-historica\/","title":{"rendered":"\u00bfY nuestra memoria hist\u00f3rica?"},"content":{"rendered":"<p>El acceso a la memoria hist\u00f3rica de nuestro pa\u00eds es un derecho de los mexicanos y por ello es indispensable que la LGA establezca el periodo que debe transcurrir para que un archivo administrativo sea evaluado y trasladado al archivo hist\u00f3rico (30 a\u00f1os es un plazo est\u00e1ndar y excepcionalmente 70 a\u00f1os, en caso de datos personales sensibles)<\/p>\n<p>  <!--more-->  <\/p>\n<p>M\u00e1s de a\u00f1o y medio despu\u00e9s del plazo establecido por la reforma constitucional de transparencia de 2014, finalmente un grupo plural de senadores present\u00f3 hace unos d\u00edas una iniciativa de Ley General de Archivos (LGA). Es grave el retraso, pero es m\u00e1s grave su car\u00e1cter regresivo en materia de documentos hist\u00f3ricos. Con el pretexto de proteger los datos personales, se pretende restringir el acceso a archivos hist\u00f3ricos que deben ser fuentes de acceso p\u00fablico, porque conforman nuestra memoria hist\u00f3rica.<br \/>La LGA es indispensable para respaldar los altos est\u00e1ndares de transparencia fijados por la Ley General de Transparencia, al establecer reglas comunes para contar con archivos gubernamentales bien ordenados, clasificados y depurados y, gracias a ello, f\u00e1cilmente localizables, en los tres niveles de gobierno. Sin archivos bien administrados y a la mano, la transparencia es una ficci\u00f3n. <br \/>La LGA regula archivos administrativos e hist\u00f3ricos y mientras los primeros dan cuenta del quehacer p\u00fablico gubernamental actual o vigente, los hist\u00f3ricos constituyen la memoria de una sociedad, no s\u00f3lo por su antig\u00fcedad, sino por su relevancia para la comprensi\u00f3n de los sucesos que han dado forma a nuestro devenir. La propia Ley de Transparencia diferencia los dos tipos de archivos, pues los administrativos est\u00e1n sometidos a mecanismos de acceso expeditos y a una evaluaci\u00f3n de sus contenidos, en caso de que deban clasificarse como reservados o confidenciales. En cambio, los documentos hist\u00f3ricos, de entrada, est\u00e1n abiertos a la consulta de cualquier persona, a trav\u00e9s de procedimientos que garanticen su preservaci\u00f3n, es decir, no son materia de una solicitud de informaci\u00f3n.<br \/>El art\u00edculo 116 de la Ley General de Transparencia establece que los datos personales son informaci\u00f3n confidencial y, por ello, est\u00e1n fuera del acceso p\u00fablico, salvo que exista consentimiento de los titulares, o alguna raz\u00f3n superior de inter\u00e9s p\u00fablico. La protecci\u00f3n de los datos personales es el derecho de los particulares a no ser invadidos por el Estado en su esfera privada. Pero ese principio no puede trasladarse a los archivos hist\u00f3ricos, porque contraria su esencia como fuentes de acceso p\u00fablico. <br \/>Es dif\u00edcil pensar en documentos hist\u00f3ricos que no tengan datos personales porque su valor est\u00e1 generalmente en funci\u00f3n de la relevancia de los actores que los suscribieron (presidentes, altos funcionarios o personalidades), de suerte que pretender imponerle los criterios de la protecci\u00f3n de datos personales es una barbaridad que s\u00f3lo se explica por el af\u00e1n de algunos funcionarios p\u00fablicos de protegerse a futuro del escrutinio de los ciudadanos.<br \/>Durante la \u00e9poca de la hegemon\u00eda del PRI, el concepto de memoria hist\u00f3rica depend\u00eda de los intereses y c\u00e1lculos pol\u00edticos del r\u00e9gimen autoritario, por ello hab\u00eda archivos hist\u00f3ricos como los de la guerra sucia de los a\u00f1os 70 que estaban vedados al conocimiento de la poblaci\u00f3n. Cuando el gobierno de Vicente Fox decidi\u00f3 abrirlos y enviarlos al AGN, se convirtieron en p\u00fablicos, empero, hoy, con el argumento de la protecci\u00f3n de los datos personales, se han vuelto a reservar arbitrariamente. <br \/>El acceso a la memoria hist\u00f3rica de nuestro pa\u00eds es un derecho de los mexicanos y por ello es indispensable que la LGA establezca el periodo que debe transcurrir para que un archivo administrativo sea evaluado y trasladado al archivo hist\u00f3rico (30 a\u00f1os es un plazo est\u00e1ndar y excepcionalmente 70 a\u00f1os, en caso de datos personales sensibles). Tambi\u00e9n es importante que el AGN no est\u00e9 sectorizado a la SEGOB y que el Consejo Nacional de Archivos, integrado por los responsables de los archivos hist\u00f3ricos p\u00fablicos y privados, est\u00e9 presidido por uno de ellos y no por el secretario de Gobernaci\u00f3n, porque sus tareas son t\u00e9cnicas, no pol\u00edticas. Todav\u00eda es posible que los senadores corrijan la iniciativa para preservar \u00edntegramente nuestra memoria hist\u00f3rica. <br \/>peschardjacqueline@gmail.com<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El acceso a la memoria hist\u00f3rica de nuestro pa\u00eds es un derecho de los mexicanos y por ello es indispensable que la LGA establezca el periodo que debe transcurrir para que un archivo administrativo sea evaluado y trasladado al archivo hist\u00f3rico (30 a\u00f1os es un plazo est\u00e1ndar y excepcionalmente 70 a\u00f1os, en caso de datos [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":93,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[42],"tags":[],"class_list":["post-32186","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-nuestrapalabra"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/plazajuarez.mx\/historico\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/32186","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/plazajuarez.mx\/historico\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/plazajuarez.mx\/historico\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/plazajuarez.mx\/historico\/wp-json\/wp\/v2\/users\/93"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/plazajuarez.mx\/historico\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=32186"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/plazajuarez.mx\/historico\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/32186\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/plazajuarez.mx\/historico\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=32186"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/plazajuarez.mx\/historico\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=32186"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/plazajuarez.mx\/historico\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=32186"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}