{"id":257632,"date":"2023-04-14T20:53:47","date_gmt":"2023-04-15T02:53:47","guid":{"rendered":"https:\/\/plazajuarez.mx\/?p=257632"},"modified":"2023-04-14T20:57:43","modified_gmt":"2023-04-15T02:57:43","slug":"implicaciones-en-el-desarrollo-progresivo-del-cuidado-como-un-derecho","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/plazajuarez.mx\/historico\/implicaciones-en-el-desarrollo-progresivo-del-cuidado-como-un-derecho\/","title":{"rendered":"\u201cImplicaciones en el desarrollo progresivo\u00a0del cuidado como un derecho\u201d"},"content":{"rendered":"\n<h2 class=\"wp-block-heading\"><strong>IGUALDAD SUSTANTIVA, EMPODERAMIENTO EFECTIVO<\/strong><\/h2>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li>La robusta Agenda Regional de G\u00e9nero, reconoce los derechos de las mujeres y la igualdad de g\u00e9nero como elementos centrales&nbsp;<\/li>\n<\/ul>\n\n\n\n<p>Hablando de los avances en materia de normativa del cuidado en Am\u00e9rica Latina y el Caribe: Hacia una sociedad del cuidado con igualdad de g\u00e9nero, A. G\u00fcezmes Garc\u00eda y M. N. Vaeza, publicaron el documento sobre la incorporaci\u00f3n progresiva del cuidado en los marcos normativos de esta regi\u00f3n, por parte de la comisi\u00f3n Econ\u00f3mica para Am\u00e9rica Latina y el Caribe (CEPAL) de las Naciones Unidas para la Igualdad de G\u00e9nero y el Empoderamiento de las Mujeres 2023.<\/p>\n\n\n\n<p>La robusta Agenda Regional de G\u00e9nero, reconoce los derechos de las mujeres y la igualdad de g\u00e9nero como elementos centrales y transversales de toda acci\u00f3n del estado para fortalecer la democracia, y habilitar un nuevo estilo de desarrollo sostenible y con igualdad en la incorporaci\u00f3n progresiva del cuidado en los marcos jur\u00eddicos-normativos de los pa\u00edses de Am\u00e9rica Latina y el Caribe.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>Seg\u00fan la CEPAL, el derecho al cuidado se entiende como el derecho a recibir cuidados, a cuidar y al autocuidado, es parte de los derechos humanos ya reconocidos en los pactos y tratados internacionales, de los que goza toda persona, independientemente de su situaci\u00f3n de vulnerabilidad o dependencia, y que, sobre la base de los principios de igualdad, universalidad, progresividad y no regresividad y, corresponsabilidad social y de g\u00e9nero, hacen posible la sostenibilidad de la vida humana y el cuidado del planeta.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>El derecho al cuidado implica, adem\u00e1s, reconocer el valor del trabajo y garantizar los derechos de las personas que proveen cuidados, superando la asignaci\u00f3n estereotipada del cuidado como una responsabilidad exclusiva de las mujeres, y avanzar en la corresponsabilidad social entre quienes lo proveen: Estado, mercado, sector privado y las familias. En esta l\u00ednea, la mayor\u00eda de los pactos y tratados internacionales establecen vinculaciones con el (y los) cuidados y la metodolog\u00eda del enfoque de derechos.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>Este desarrollo progresivo del cuidado como un derecho, tanto en el sistema universal de derechos humanos como en el sistema interamericano, abona a la tesis de que los derechos sociales articulan las nociones de autonom\u00eda e igualdad para las mujeres, y que en su dimensi\u00f3n subjetiva no son de naturaleza jur\u00eddica diferente a los derechos civiles y pol\u00edticos, otorgando a los Estados las obligaciones de respetar, proteger y garantizar, mediante acciones de hacer y de proveer bienes y servicios exigibles ante los tribunales.<\/p>\n\n\n\n<p>Pero tambi\u00e9n es cierto que, considerando las restricciones derivadas de la limitaci\u00f3n de recursos de los Estados, se debe someter toda intervenci\u00f3n de los poderes p\u00fablicos, y que se relaciona con el est\u00e1ndar de la utilizaci\u00f3n del m\u00e1ximo de recursos disponibles, es posible una realizaci\u00f3n paulatina a trav\u00e9s de pol\u00edticas p\u00fablicas.<\/p>\n\n\n\n<p>Situar el cuidado como un derecho humano, implica superar el lugar y la funci\u00f3n de cuidadora que el patriarcado asigna en exclusividad a las mujeres, ubicando el respaldo del derecho al cuidado en los instrumentos internacionales de derechos humanos, bajo la concepci\u00f3n que son reclamables, indivisibles, interdependientes y universales&nbsp; especialmente a trav\u00e9s del desarrollo e implementaci\u00f3n de pol\u00edticas p\u00fablicas y priorizaci\u00f3n del gasto p\u00fablico, de acuerdo a una jerarquizaci\u00f3n de las demandas y necesidades.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>\u00bfEstar\u00edas en la disposici\u00f3n de cambiar la cultura?<\/strong><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>IGUALDAD SUSTANTIVA, EMPODERAMIENTO EFECTIVO Hablando de los avances en materia de normativa del cuidado en Am\u00e9rica Latina y el Caribe: Hacia una sociedad del cuidado con igualdad de g\u00e9nero, A. 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