{"id":230264,"date":"2022-09-17T09:59:23","date_gmt":"2022-09-17T14:59:23","guid":{"rendered":"https:\/\/plazajuarez.mx\/?p=230264"},"modified":"2022-09-17T09:59:31","modified_gmt":"2022-09-17T14:59:31","slug":"cuando-el-hilo-se-rompe-por-lo-mas-delgado","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/plazajuarez.mx\/historico\/cuando-el-hilo-se-rompe-por-lo-mas-delgado\/","title":{"rendered":"\u201cCuando el hilo se rompe por lo m\u00e1s delgado\u201d"},"content":{"rendered":"\n<h2 class=\"wp-block-heading\">Entre l\u00edneas<\/h2>\n\n\n\n<p><\/p>\n\n\n\n<p>A prop\u00f3sito del lamentable accidente suscitado en la carretera federal M\u00e9xico-Laredo, tramo Victoria-Monterrey, en el que lamentablemente fallecieron al menos 18 personas, tras el impacto de una pipa que se desprendi\u00f3 de aquella diversa conectada a un tracto cami\u00f3n contra un autob\u00fas de pasajeros, es importante identificar lo que origin\u00f3 el accidente, es decir, por qu\u00e9 se rompi\u00f3 el mecanismo de articulaci\u00f3n de este tracto cami\u00f3n doble remolque o semirremolque y qui\u00e9n o qui\u00e9nes son los responsables.&nbsp;&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>En torno a los \u201caccidentes\u201d o <em>hechos de tr\u00e1nsito<\/em> al conducir veh\u00edculos motorizados, hay dos legislaciones principales que atender, seg\u00fan la v\u00eda de comunicaci\u00f3n donde se realice el percance automovil\u00edstico: la Ley de Tr\u00e1nsito y Seguridad Vial para el Estado de Hidalgo (a nivel estatal) y la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal (a nivel nacional).<\/p>\n\n\n\n<p>Por ello, debe considerarse que un <em>hecho de tr\u00e1nsito<\/em>, producido por la circulaci\u00f3n vehicular, en el que interviene por lo menos un veh\u00edculo, puede ocasionarse de <strong>manera intencional<\/strong> <strong>\u2013dolosa-<\/strong> o por <strong>impericia<\/strong>, <strong>negligencia<\/strong> o <strong>descuido \u2013culposa-<\/strong>, resultando as\u00ed la vulneraci\u00f3n a la vida, la integridad f\u00edsica y\/o el patrimonio de las personas o del Estado, causando da\u00f1os materiales, lesiones y\/o muerte de personas, como establece el art\u00edculo 84 de la citada Ley Estatal.<\/p>\n\n\n\n<p>Por tanto, debe diferenciarse si el hecho se ocasion\u00f3 dolosa o culposamente, y en \u00e9ste \u00faltimo caso, cu\u00e1l fue el <strong>deber de cuidado <\/strong>que deb\u00eda observarse y no se cumpli\u00f3. As\u00ed, las leyes respectivas, enuncian las obligaciones y deberes de quienes conducen veh\u00edculos (art\u00edculos 63 y 67 de la Ley Estatal) y lo que tienen prohibido (art\u00edculos 66 y 68 de la misma Ley Local).<\/p>\n\n\n\n<p>Al caso, si bien el C\u00f3digo Penal distingue dos tipos de <em>culpas, 1)Sin representaci\u00f3n, <\/em>porque se causa el \u201caccidente\u201d sin prever el resultado, siendo \u00e9ste previsible (por ejemplo, que no se respete el cruce de peatones y se atropelle a alguien cuando est\u00e1 caminando) o <em>2)Con representaci\u00f3n, <\/em>porque el \u201caccidente\u201d se causa previendo el resultado y confiando en que no se produzca (por ejemplo, que no se arregle una compostura del veh\u00edculo que se sabe es necesaria para su \u00f3ptimo funcionamiento, confiando en que \u201caguanta\u201d circular sin arreglarla).&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>Pero tambi\u00e9n hay normas jur\u00eddicas que deben cumplir las personas morales o jur\u00eddico colectivas (empresas) propietarias de las unidades motorizadas o no motorizadas, como son la Norma Oficial Mexicana NOM-012-SCT-2-2017, sobre el peso y dimensiones m\u00e1ximas con los que pueden circular los veh\u00edculos de autotransporte que transitan en las v\u00edas generales de comunicaci\u00f3n vigente y NOM-040-SCT-2-2012, para el transporte de objetos indivisibles de gran peso y\/o volumen, peso y dimensiones de las combinaciones vehiculares y de las gr\u00faas industriales y su tr\u00e1nsito por caminos y puentes de jurisdicci\u00f3n federal.<\/p>\n\n\n\n<p>Por ello, no debe perderse de vista que al tratarse de veh\u00edculos motorizados la persona directamente responsable de un hecho de tr\u00e1nsito, no solo es quien conduce el veh\u00edculo -en su caso- sino tambi\u00e9n quien tenga la propiedad del mismo, si el evento se debi\u00f3 a las condiciones en que se encuentra el veh\u00edculo motorizado en s\u00ed, m\u00e1s que a la forma en que fue conducido.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>De ah\u00ed que la responsabilidad penal debe analizarse desde la \u00f3ptica de las personas f\u00edsicas (quienes conducen) y personas jur\u00eddico colectivas (sociedades o empresas propietarias de los veh\u00edculos), desde luego, \u00e9stas \u00faltimas representadas por alguna persona f\u00edsica que as\u00ed establezcan sus Estatutos o Acta Constitutiva.<\/p>\n\n\n\n<p>En consecuencia, el hilo no debe romperse por lo m\u00e1s delgado, sino donde debe enmendarse, porque como refiere la Biblia Cat\u00f3lica en Proverbios 22:3 \u201c<em>El prudente, ve el peligro y lo evita, el imprudente sigue adelante y sufre el da\u00f1o<\/em>\u201d.&nbsp;<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Entre l\u00edneas A prop\u00f3sito del lamentable accidente suscitado en la carretera federal M\u00e9xico-Laredo, tramo Victoria-Monterrey, en el que lamentablemente fallecieron al menos 18 personas, tras el impacto de una pipa que se desprendi\u00f3 de aquella diversa conectada a un tracto cami\u00f3n contra un autob\u00fas de pasajeros, es importante identificar lo que origin\u00f3 el accidente, es [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":107,"featured_media":208244,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[2164,42],"tags":[],"class_list":["post-230264","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-dalia-ibonne-ortega-gonzalez","category-nuestrapalabra"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/plazajuarez.mx\/historico\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/230264","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/plazajuarez.mx\/historico\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/plazajuarez.mx\/historico\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/plazajuarez.mx\/historico\/wp-json\/wp\/v2\/users\/107"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/plazajuarez.mx\/historico\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=230264"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/plazajuarez.mx\/historico\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/230264\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/plazajuarez.mx\/historico\/wp-json\/wp\/v2\/media\/208244"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/plazajuarez.mx\/historico\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=230264"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/plazajuarez.mx\/historico\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=230264"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/plazajuarez.mx\/historico\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=230264"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}