{"id":219385,"date":"2022-06-18T12:55:23","date_gmt":"2022-06-18T17:55:23","guid":{"rendered":"https:\/\/plazajuarez.mx\/?p=219385"},"modified":"2022-06-18T12:55:29","modified_gmt":"2022-06-18T17:55:29","slug":"pri_reforma","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/plazajuarez.mx\/historico\/pri_reforma\/","title":{"rendered":"PRI impulsa para reformar procesos judiciales"},"content":{"rendered":"\n<p>Para adecuar y armonizar las normas procesales en materia de comparecencia, acuerdos reparatorios y detenci\u00f3n en flagrancia, la diputada federal priista, Yolanda de la Torre Valdez, present\u00f3 ante la Comisi\u00f3n Permanente del Congreso de la Uni\u00f3n tres iniciativas que reforman el C\u00f3digo Nacional de Procedimiento Penales.<\/p>\n\n\n\n<p>En sus propuestas, la legisladora expone la necesidad de adecuar las normas procesales, ya que, advierte, representa una tarea imprescindible para lograr el pleno acceso a la justicia y para dotar a las autoridades de las herramientas necesarias para la investigaci\u00f3n, integraci\u00f3n e impartici\u00f3n de la misma.<\/p>\n\n\n\n<p>Por ello, impulsa modificar el contenido del art\u00edculo 141, p\u00e1rrafo primero, fracci\u00f3n II, del C\u00f3digo referido, para desvincular la emisi\u00f3n de la orden de comparecencia por medio de la fuerza p\u00fablica a la incomparecencia a una citaci\u00f3n judicial a pesar de estar debidamente notificada la persona en t\u00e9rminos de la fracci\u00f3n I del mismo precepto legal.<\/p>\n\n\n\n<p>Adem\u00e1s, busca tomar en cuenta que tanto para la emisi\u00f3n de una orden de comparecencia o aprehensi\u00f3n, se justifique la necesidad de cautela, sin embargo, la primera se emitir\u00e1 en aquellos casos en los cuales el delito por el cual se inicia el proceso contemple una pena alternativa o privativa de libertad incluyendo sus modalidades.<\/p>\n\n\n\n<p>En relaci\u00f3n a las soluciones alternas, la representante popular afirma que contrario a lo se\u00f1alado en la Ley Nacional de Mecanismos Alternativos de Soluci\u00f3n de Controversias el art\u00edculo 167 del C\u00f3digo Penal, impide que a una persona se le modifique la prisi\u00f3n preventiva cuando pretenda iniciar los trabajos con el especialista para concretar un acuerdo reparatorio con la v\u00edctima y ofendido e incluso cuando ya lo haya alcanzado, por lo que es indispensable armonizar estas leyes.<\/p>\n\n\n\n<p>Sobre la llamada detenci\u00f3n en flagrancia, la cual es considerada como una de las formas de excepci\u00f3n en donde se faculta a cualquier persona el detener a otra sin una orden emitida por parte de la autoridad judicial, la diputada de Durango expone que se exigen requisitos en forma conjunta y no separada, lo cual implica que muchas de las detenciones efectuados por los cuerpos de seguridad, sean declaradas ilegales por parte del autoridad judicial al momento de calificar de legal la detenci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>Para dar soluci\u00f3n a lo anterior, plantea a\u00f1adir al Art\u00edculo 146 del C\u00f3digo Nacional de Procedimiento Penales que se podr\u00e1 detener a una persona sin orden judicial en caso de flagrancia cuando tenga en su poder instrumentos, objetos, productos del delito o se cuente con informaci\u00f3n o indicios que hagan presumir fundamente que intervino en el mismo, para que este tipo de detenci\u00f3n opere materialmente como una verdadera excepci\u00f3n a la afectaci\u00f3n del derecho humano a la libertad personal.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Para adecuar y armonizar las normas procesales en materia de comparecencia, acuerdos reparatorios y detenci\u00f3n en flagrancia, la diputada federal priista, Yolanda de la Torre Valdez, present\u00f3 ante la Comisi\u00f3n Permanente del Congreso de la Uni\u00f3n tres iniciativas que reforman el C\u00f3digo Nacional de Procedimiento Penales. 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