{"id":212350,"date":"2022-04-23T10:32:58","date_gmt":"2022-04-23T15:32:58","guid":{"rendered":"https:\/\/plazajuarez.mx\/?p=212350"},"modified":"2022-04-23T10:33:09","modified_gmt":"2022-04-23T15:33:09","slug":"debate-socratico-o-trapitos-al-sol","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/plazajuarez.mx\/historico\/debate-socratico-o-trapitos-al-sol\/","title":{"rendered":"\u00bfDebate socr\u00e1tico o \u201ctrapitos al sol\u201d?"},"content":{"rendered":"\n<h2 class=\"wp-block-heading\">Entre l\u00edneas<\/h2>\n\n\n\n<p>Dicen que \u201c<em>en gustos se rompen g\u00e9neros<\/em>\u201d, y en efecto, hay personas a las que les gusta una discusi\u00f3n basada en ideas o propuestas que resuelvan problemas, y otras a quienes les gusta descubrir las \u201ccajas de Pandora\u201d y conocer las debilidades personales.<\/p>\n\n\n\n<p>As\u00ed, el primer encuentro entre la candidata y candidatos a ocupar el cargo de representante del Poder Ejecutivo Local, evidenci\u00f3 algo de lo primero y mucho de lo segundo, por ello, es dable tener en claro dos temas importantes.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>Primero, el reconocimiento que la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica Mexicana ha hecho a los derechos fundamentales de <em>libertad de expresi\u00f3n<\/em> y <em>derecho a la informaci\u00f3n<\/em>, (previstos en el art\u00edculo 6\u00ba) y de los <em>derechos de la personalidad<\/em> -honor, vida privada y la propia imagen- (art\u00edculo 16).<\/p>\n\n\n\n<p>Y segundo, los conceptos legales de <em>figura p\u00fablica, <\/em>conforme a la Ley de Responsabilidad Civil para la Protecci\u00f3n del Derecho a la Vida Privada, el Honor y la Propia Imagen en el Distrito Federal (<em>sic<\/em>), que indica como tal, a \u201cla persona que posee notoriedad o trascendencia colectiva, sin ostentar un cargo p\u00fablico o que alcanza cierta publicidad por la actividad profesional que desarrolla o por difundir habitualmente hechos y acontecimientos de su vida privada\u201d; y por otro lado, de <em>servidor p\u00fablico, <\/em>como define el C\u00f3digo Penal para el Estado de Hidalgo, es decir, \u201ctoda persona que desempe\u00f1e un empleo, cargo o comisi\u00f3n de cualquier naturaleza en la Administraci\u00f3n P\u00fablica Estatal centralizada o descentralizada, empresas de participaci\u00f3n estatal mayoritaria, fideicomisos p\u00fablicos en los que el fideicomitente sea el Estado, \u00f3rganos aut\u00f3nomos, en el Poder Legislativo del Estado, en el Poder Judicial del Estado, en las Administraciones P\u00fablicas Municipales y paramunicipales y cualquier persona que maneje recursos estatales, municipales o federales considerados como ingresos propios del Estado\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>Lo anterior as\u00ed, ya que, con tales precisiones y distinciones, en los pr\u00f3ximos dos debates que por lo menos se avecinan entre dichos personajes, resulta necesario saber cu\u00e1les se\u00f1alamientos son v\u00e1lidos y admisibles y cu\u00e1les rayan en la ilegalidad.<\/p>\n\n\n\n<p>Para solucionar esa cuesti\u00f3n, la Suprema Corte de Justicia de la Naci\u00f3n, ha sido contundente al considerar que, el <strong>inter\u00e9s p\u00fablico<\/strong> es lo \u00fanico que autoriza la intromisi\u00f3n en el derecho al honor de una persona cuando se ejerce la libertad de expresar informaci\u00f3n.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>Y es que la ciudadan\u00eda debe formarse una <em>opini\u00f3n p\u00fablica<\/em>, que, al estar bien informada, es el medio adecuado para conocer y juzgar las ideas y actitudes de los dirigentes pol\u00edticos, lo que implica un control democr\u00e1tico, pues como ha sostenido la Corte Interamericana de Derechos Humanos, es a trav\u00e9s de est\u00e1 \u2013la opini\u00f3n p\u00fablica- que se fomenta la transparencia de las actividades estatales y se promueve la responsabilidad de los funcionarios sobre su gesti\u00f3n p\u00fablica.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>Asimismo, destaca la jurisprudencia y doctrina espa\u00f1ola, que el inter\u00e9s p\u00fablico, se debe a la relevancia comunitaria y no por simple satisfacci\u00f3n de la curiosidad ajena.<\/p>\n\n\n\n<p>Por ello, si bien es importante conocer el perfil de quien habr\u00e1 de representar a los hidalguenses \u2013qui\u00e9n tiene m\u00e1s capacidad y aptitudes-, no obstante, en sesenta d\u00edas (plazo de campa\u00f1a electoral) indudablemente no se cultiva el prestigio y honorabilidad de una persona, ello requiere una trayectoria basada en el comportamiento y accionar en el servicio p\u00fablico, m\u00e1s all\u00e1 de cualidades o defectos personales \u2013que tampoco son invisibles, pero no determinantes-.<\/p>\n\n\n\n<p>De ah\u00ed que, a prestar atenci\u00f3n a los pr\u00f3ximos encuentros (o \u201cdebates\u201d \u2013que es la discusi\u00f3n de ideas-) porque a decir del fil\u00f3sofo <em>Jean Paul Sartre<\/em>, \u201c<em>el compromiso es un acto, no una palabra.\u201d<\/em>&nbsp;&nbsp;<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Entre l\u00edneas Dicen que \u201cen gustos se rompen g\u00e9neros\u201d, y en efecto, hay personas a las que les gusta una discusi\u00f3n basada en ideas o propuestas que resuelvan problemas, y otras a quienes les gusta descubrir las \u201ccajas de Pandora\u201d y conocer las debilidades personales. 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