{"id":210662,"date":"2022-04-09T07:06:51","date_gmt":"2022-04-09T12:06:51","guid":{"rendered":"https:\/\/plazajuarez.mx\/?p=210662"},"modified":"2022-04-09T07:07:00","modified_gmt":"2022-04-09T12:07:00","slug":"con-alma-de-nino-y-de-nina","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/plazajuarez.mx\/historico\/con-alma-de-nino-y-de-nina\/","title":{"rendered":"Con alma de ni\u00f1o\u2026 y de ni\u00f1a"},"content":{"rendered":"\n<h2 class=\"wp-block-heading\">Entre l\u00edneas<\/h2>\n\n\n\n<p>Cuando se habla del mes de abril, en M\u00e9xico, lo primero que surge a la mente es el \u201cd\u00eda del ni\u00f1o\u201d, y aunque a nivel internacional ya se ha hecho el distingo del d\u00eda de la ni\u00f1a (11 de octubre) y del d\u00eda del ni\u00f1o (20 de noviembre), en nuestro pa\u00eds se festeja tanto a ni\u00f1as como a ni\u00f1os en la referida fecha, sin distinci\u00f3n o discriminaci\u00f3n alguna.<\/p>\n\n\n\n<p>Y es tan importante la ni\u00f1ez, que el art\u00edculo <em>3\u00ba de la Convenci\u00f3n de los Derechos del Ni\u00f1o, <\/em>refiere que tanto instituciones p\u00fablicas, privadas o de bienestar social, tribunales, autoridades administrativas y \u00f3rganos legislativos deben atender al <em>inter\u00e9s superior del ni\u00f1o (<\/em>o de la ni\u00f1ez o infancia para ser inclusivos y no discriminatorios)<em>, <\/em>es decir, al bienestar y protecci\u00f3n de todas las personas que al ser menores de 18 a\u00f1os son consideradas como tal -no obstante que la Ley de Ni\u00f1as, Ni\u00f1os y Adolescentes, especifique como \u201cni\u00f1os\u201d (<em>sic<\/em>) a los menores de 12 a\u00f1os y adolescentes a quienes tienen entre 12 y menos de 18 a\u00f1os-.<\/p>\n\n\n\n<p>As\u00ed mismo, el art\u00edculo 4\u00ba de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica de los Estados Unidos Mexicanos, establece que \u201cLos ni\u00f1os y las ni\u00f1as tienen derecho a la satisfacci\u00f3n de sus necesidades de alimentaci\u00f3n, salud, educaci\u00f3n y sano esparcimiento para su desarrollo integral.\u201d Por lo que deben implementarse una serie de mecanismos para garantizar tales derechos.<\/p>\n\n\n\n<p>Bajo ese contexto, y luego de la pandemia, se percibe que las ni\u00f1as y ni\u00f1os, que ya eran considerados como personas vulnerables (<em>seg\u00fan las Reglas de Brasilia sobre Acceso a la Justicia de las Personas en Condici\u00f3n de Vulnerabilidad<\/em>, en la secci\u00f3n 2\u00aa 2.) se han visto a\u00fan m\u00e1s afectados en sus derechos.<\/p>\n\n\n\n<p>Por ejemplo, respecto a su derecho a la <strong>salud<\/strong>, no pueden ser vacunados contra \u201cel coronavirus 2 del s\u00edndrome respiratorio agudo severo (SARS-CoV-2)\u201d que produce la enfermedad del COVID 19, a diferencia de otros pa\u00edses donde si pueden ser vacunados desde la edad de 5 a\u00f1os, siendo necesario en M\u00e9xico, recurrir a procedimientos legales como Juicios de Amparo en la v\u00eda Administrativa, para que se les respete y reconozca este derecho \u2013incluso, el cual a veces las autoridades sanitarias se niegan a cumplir y ejecutar-.<\/p>\n\n\n\n<p>As\u00ed mismo, respecto a su <strong>educaci\u00f3n, <\/strong>si bien tienen derecho a que \u00e9sta sea&nbsp; \u201cobligatoria, universal, inclusiva, p\u00fablica, gratuita y laica\u201d, -conforme al art\u00edculo 3\u00ba Constitucional-, sin embargo, quienes no tuvieron ni tienen acceso a medios electr\u00f3nicos (computadoras fijas o port\u00e1tiles, celulares, tabletas) y una red de internet para desahogar sus clases a distancia o en forma virtual, vieron nulificado este derecho.<\/p>\n\n\n\n<p>M\u00e1s a\u00fan, su <strong>sano esparcimiento <\/strong>fue restringido, pues se prohibi\u00f3 a los ni\u00f1os y ni\u00f1as ingresar a espacios p\u00fablicos como tiendas de autoservicio, restaurantes, parques, jard\u00ednes, explanadas, clubes deportivos, alegando su \u201cvulnerabilidad etaria\u201d, pasando por alto sus necesidades sociales de convivir y desarrollarse con sus \u201cpares\u201d en espacios de juego y diversi\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>Y finalmente, pero no menos importante, <strong>la alimentaci\u00f3n, <\/strong>que lamentablemente en algunos casos fue disminuida tanto en cantidad como en calidad, debido a los pocos o nulos ingresos de quienes tienen la obligaci\u00f3n de llevar ese sustento y vieron mermada su actividad laboral.<\/p>\n\n\n\n<p>As\u00ed que, en las v\u00edsperas de celebrar y festejar a las ni\u00f1as y ni\u00f1os, debe reconsiderarse -principalmente por quienes est\u00e1n obligados por la Convenci\u00f3n referida- en primer t\u00e9rmino, respetar y garantizar los derechos de las ni\u00f1as y ni\u00f1os, cuya protecci\u00f3n es obligada para el Estado y todas las autoridades, sin que se pasen por alto las normas locales en su favor, tales como las leyes de asistencia social;&nbsp; becas; cultura y derechos culturales; cultura f\u00edsica, deporte y recreaci\u00f3n; derechos humanos; fomento a la lectura; integral para personas con discapacidad; para atender, prevenir y erradicar la violencia escolar y la discriminaci\u00f3n, por mencionar algunas.<\/p>\n\n\n\n<p>Porque no debemos olvidar que todas las personas adultas, fuimos ni\u00f1os y ni\u00f1as y \u201cel alma de un ni\u00f1o o ni\u00f1a es como la roca, cuando escribes en ella, escribes para siempre\u201d, y nos corresponde escribir en su memoria, que sus derechos, son primero.&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Entre l\u00edneas Cuando se habla del mes de abril, en M\u00e9xico, lo primero que surge a la mente es el \u201cd\u00eda del ni\u00f1o\u201d, y aunque a nivel internacional ya se ha hecho el distingo del d\u00eda de la ni\u00f1a (11 de octubre) y del d\u00eda del ni\u00f1o (20 de noviembre), en nuestro pa\u00eds se festeja [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":107,"featured_media":208244,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[2164,42],"tags":[],"class_list":["post-210662","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-dalia-ibonne-ortega-gonzalez","category-nuestrapalabra"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/plazajuarez.mx\/historico\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/210662","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/plazajuarez.mx\/historico\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/plazajuarez.mx\/historico\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/plazajuarez.mx\/historico\/wp-json\/wp\/v2\/users\/107"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/plazajuarez.mx\/historico\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=210662"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/plazajuarez.mx\/historico\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/210662\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/plazajuarez.mx\/historico\/wp-json\/wp\/v2\/media\/208244"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/plazajuarez.mx\/historico\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=210662"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/plazajuarez.mx\/historico\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=210662"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/plazajuarez.mx\/historico\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=210662"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}